Cooperadora

Miembros cooperadora 2020

Cargo Nombre
Presidente Mazaet, Jorge
Vicepresidente
Secretario Santorelli, Antonela
Tesorero Canosa, Patricia
Protesorero
Vocal titular Banchero, Leonardo
Vocal titular Marilaf, Maia
Vocal titular
Vocal suplente
Vocal suplente
Vocal suplente
Revisor de Ctas. Titular docente
Revisor de Ctas. Titular
Revisor de Ctas. Suplente
Asesor

 

Estatuto
OBJETIVOS DE LA ENTIDAD

ARTÍCULO  1°: Los Objetivos de la Entidad, en cumplimiento del principio general sancionado en el Artículo 1° del Decreto 4767/72 y su modificatorio Decreto 355/73, serán las prestaciones y servicios de ayuda escolar que a continuación  se detallan, condicionados a las necesidades del medio social en que se desenvuelven y las particularidades de los ciclos de enseñanza: 

a)      Coordinar su actividad con los sectores económicos de la comunidad, a efectos de servir de agente laboral de los alumnos o padres cuando lo soliciten o las circunstancias lo requieran.
b) Financiar, administrar o participar en Comedores Escolares Unitarios o Centralizados, o en los Servicios que los sustituyan.
c) Establecer un sistema de becas que factibilicen la prosecución de los estudios de los alumnos que pudiesen necesitar ese apoyo.
d) Establecer, donde los hubiese, Servicio de Asistencia Médica integral, total o parcialmente gratuitos, de acuerdo a las posibilidades de cada educando.
e) Financiar o cooperar en la financiación  de los Planes de Turismo o excursiones educativas.
f) Distribuir entre los alumnos  que no puedan adquirirlos, útiles, libros y demás elementos didácticos y procurar su venta a un precio razonable entre el resto, en este caso con sujeción a las normas de la Resolución Ministerial N° 695/69,
g) Promover actividades extra – escolares  para los alumnos, en los cuales, el aspecto pedagógico se hallará a cargo de los docentes que designe la Inspección de Enseñanza respectiva.
h) Contribuir al quehacer  educacional mediante la adquisición del material necesario y mantenimiento del edificio escolar,
i) Encarar o propiciar toda otra forma de asistencia al educando o sus familias, que tienda a hacer cumplir con lo enunciado en el Artículo 1° del Decreto 4767/72 y su modificatorio Decreto 355/73.

DE LA COMISION DIRECTIVA

ARTÍCULO 2°: El Órgano Directivo de la Asociación Cooperadora estará constituído por una Comisión Directiva, la cual tendrá todas las atribuciones  que no se hallen limitadas por el Decreto 4767/72 y su modificatorio Decreto 355/73, las Resoluciones y Disposiciones dictadas y que en adelante se dicten, los Estatutos Sociales y decisiones de Asambleas legalmente constituídas.

ARTÍCULO 3°: La Administración de la Entidad estará a cargo de la Comisión Directiva  integrada por:  un Presidente, un Secretario, un Tesorero, tres Vocales Titulares y dos Vocales Suplentes.

ARTÍCULO 4°: La Comisión Directiva durará en sus funciones dos (2) años, renovándose por mitades cada año en la Asamblea Anual Ordinaria  de socios, determinándose por sorteo la duración de los mandatos y en adelante se respetará teniendo en cuenta este primero.

ARTÍCULO 5°: Los miembros de la Comisión Directiva podrán ser reelectos.

ARTÍCULO 6°: Los cargos de Presidente, Tesorero, Revisor de Cuentas y Asesor son incompatibles para cónyuges y parientes hasta segundo grado de consanguinidad. Para el caso que el Secretario sea cónyuge o pariente hasta segundo grado de consanguinidad de Presidente o Tesorero deberá abstenerse de firmar cheques en forma conjunta con  él.

DE LOS MIEMBROS DE COMISIÓN DIRECTIVA

ARTÍCULO 7°: PRESIDENTE
Son sus Deberes y Atribuciones :

a) Representar legalmente a la Cooperadora, actuando a su nombre  ante las autoridades Judiciales y Administrativas en cualquier lugar y jurisdicción.
b) Reunir la Comisión Directiva para las sesiones de la misma, fijando previamente el Orden del Día y  presidiendo el debate.
c) Convenir con el Asesor los días y horarios  de las reuniones de Comisión Directiva.
d) Presidir las Asambleas y Reuniones de Comisión Directiva y desempatar con su voto en caso de empate.
e) Firmar conjuntamente con Tesorero o Secretario ordenes de pago, cheques y demás documentos que importen a la creación de derechos y obligaciones.
f) Revisar mensualmente los balances de Tesorería.
g) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y las Resoluciones de las Asambleas y de la Comisión Directiva.
h) Delegar temporalmente el mandato en un Vocal Titular durante las sesiones o Asambleas a fin de participar del debate.
En caso de renuncia o cualquier otro impedimento, será reemplazado por el miembro Titular de la Comisión Directiva que corresponda (VOCAL TITULAR 1°)

ARTÍCULO 8°: SECRETARIO
Son sus Deberes y Atribuciones :

a) Redactar y firmar las Actas conjuntamente con el Presidente.
b) Redactar las comunicaciones, correspondencias y documentación, conservando copia de los mismos en los Archivos respectivos.
c) Refrendar la firma del Presidente en todo documento que emane de la Asociación Cooperadora.
d) Citar para reunión de Comisión Directiva a los miembros de manera fehaciente y darles cuenta de las comunicaciones que se reciban en virtud del cargo que inviste.
e) Firmar conjuntamente con Presidente o Tesorero ordenes de pago, cheques y demás documentos que importen a la creación de derechos y obligaciones.
f) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y las Resoluciones de las Asambleas y de la Comisión Directiva .
En caso de renuncia o cualquier otro impedimento, será reemplazado por el miembro Titular de la Comisión Directiva que corresponda (VOCAL TITULAR 1°)

ARTÍCULO 9°: TESORERO
Son sus Deberes y  Atribuciones :

a) Recibir dinero que ingrese en Caja, siendo responsable directo de lo que se recaude.
b) Recibir de su antecesor, por intermedio del Presidente, bajo inventario, los documentos de crédito y débito, dinero, muebles, útiles, etc.
c) Depositar los fondos en el Banco  en el cual tengan abierta  una cuenta corriente a esos efectos (art. 14).
d) Presentar a la Comisión Directiva un Balance  mensual con comprobantes, el que será refrendado por Presidente, Secretario, Revisores de Cuentas Titular y Docente y Asesor.
e) Organizar el servicio financiero  de la Entidad de acuerdo a los propios recursos y llevar  un  Libro de Tesorería, otro de Registro de Socios (Rubricados éstos por el Consejo Escolar del distrito) y la documentación auxiliar que estime necesaria.
f) Verificar los pagos ya autorizados por la Comisión Directiva, exigiendo facturas que se encuadren dentro de la legislación vigente (A.F.I.P.)
g) Conservar en su poder la suma del dinero en efectivo (Caja Chica)
h) Firmar conjuntamente con Presidente o Secretario ordenes de pago, cheques y demás documentos que importen a la creación de derechos y obligaciones.
i) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y las Resoluciones de las Asambleas y de la Comisión Directiva .
En caso de renuncia o cualquier otro impedimento, será reemplazado por el miembro Titular de la Comisión Directiva que corresponda (VOCAL TITULAR 1°)

ARTÍCULO 10°: VOCALES TITULARES —
Son sus Deberes y Atribuciones :

a) Concurrir a las sesiones convocadas.
b) Desempeñar las comisiones que se le designen.
c) Suplir a los miembros de Comisión Directiva que por renuncia u otras circunstancias  dejare vacante el cargo.


ARTÍCULO 11°:  VOCALES SUPLENTES
Son sus Deberes y Atribuciones :

a) Reemplazar a los Vocales Titulares en caso de renuncia u otros impedimentos. Desempeñar asimismo las comisiones que se les designen.

DE LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS

ARTÍCULO 12°: El Órgano de Supervisión de la Comisión Directiva será la Comisión Revisora de  Cuentas, la cual estará integrada por dos miembros Titulares y uno Suplente. Uno de los Titulares será designado por el Director del establecimiento entre el Personal Docente del mismo. El otro Revisor de Cuentas Titular, será elegido por la Asamblea  y debe ser Socio de la Entidad. Durarán en sus funciones un (1) año, pudiendo ser  confirmados en nuevos períodos  y ajustarán su cometido a lo establecido en el Artículo 17° del Decreto 4767/72 y su modificatorio Decreto 355/73, las Resoluciones Ministeriales y Disposiciones dictadas y que en adelante se dicten  ajustándose al presente Estatuto.

 

Tareas desarrolladas

  • Compra de instrumentos
  • Conservación y arreglo de instrumentos (compra de cuerdas, clavijas, boquillas de instrumentos de viento, parches de instrumentos de percusión, afinación de pianos, etc.)
  • Compra de atriles
  • Compra de artículos de librería
  • Gastos de fotocopias
  • Compra de artículos de limpieza (limpieza del inmueble y mantenimiento de sanitarios)
  • Conservación del inmueble (arreglos, pintura, cañerías, vidrios rotos, cerraduras, persianas, etc)

 

 

 

Subcomisiones de trabajo

 

En este momento no están funcionando.  La idea es que en la medida que surjan diferentes temas que requieran de trabajo especial, se armen subgrupos con uno o dos integrantes de cooperadora y socios que no estén en la Comisión Directiva, con la finalidad de dar pluralidad, participación  y agilidad a las tareas.

 

 

 

Asambleas y reuniones

 

 

La Cooperadora se reúne semanalmente.

 

Una vez al año, después del 30 de abril (Cierre de ejercicio), se realiza la Asamblea Anual Ordinaria. En ella, se presenta el Balance del período y se renuevan los cargos.